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Sentencia Tribunal Supremo 4889/2025, de 31 de octubre sobre el derecho de reversión en una expropiación urbanística acordada por el Ayuntamiento de Málaga

Sentencia Tribunal Supremo 4889/2025, de 31 de octubre sobre el derecho de reversión en una expropiación urbanística acordada por el Ayuntamiento de Málaga

La sentencia resuelve un recurso sobre el derecho de reversión en una expropiación urbanística acordada por el Ayuntamiento de Málaga en 1994 para la construcción de un centro educativo que no llegó a ejecutarse. Tras una modificación del planeamiento en 2011, la parcela pasó a otros usos dotacionales (equipamiento social, viario, espacio libre) que tampoco se materializaron. La reversión solicitada en 2020 fue denegada al entender que el destino seguía siendo público.

El Tribunal Supremo considera que la modificación del uso no excluye el derecho de reversión cuando ni el uso inicial ni el nuevo se han ejecutado. Entiende que la normativa urbanística «no puede suponer un blindaje permanente e incondicionado frente al derecho de reversión» cuando la causa expropiandi no se ha cumplido, y aplica supletoriamente la Ley de Expropiación Forzosa. Concluye que, desaparecida la finalidad expropiatoria, procede reconocer el derecho de reversión a favor de los expropiados.

Juan Herrera Abogado